miércoles, 21 de enero de 2009

NORMAS DE CONVIVENCIA

La educación no se limita a la adquisición de unos hábitos y técnicas intelectuales sino que ha de ampliar sus metas para contribuir a la formación integral de cada persona.
Es necesario introducir en nuestro centro una cultura que facilite el tratamiento eficaz de los conflictos escolares, con el objeto de que éstos no se traduzcan en un deterioro del clima escolar.
Puesto que la convivencia armónica y el adecuado clima escolar no es sólo un requisito, sino también un fin, es necesario impulsar intervenciones positivas en este ámbito.
La elaboración de este plan de convivencia no pretende ser un documento que se nos ha pedido hacer, ni un catálogo de normas y sanciones, sino un instrumento que tras llegar a todos los sectores de la comunidad educativa, tenga el objeto de proponer medidas e iniciativas que favorezcan un clima positivo de convivencia y nos sea útil en nuestro trabajo diario y ponga en común unas normas para todos.
Deberes y normas del centro
1 .- PARA EL ALUMNADO
Derechos del alumnado:
§ El alumnado tiene el derecho a una educación de calidad que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y de sus capacidades.
§ También son derechos del alumnado: el estudio; la orientación educativa y profesional ; la evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar; la formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de aprendizaje y que estimule el esfuerzo personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad individual; Una educación que favorezca la adquisición de hábitos de vida saludables y el respeto al medio ambiente; La igualdad de oportunidades; la accesibilidad y permanencia en el sistema educativo, por lo que recibirán las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural; la libertad de expresión y asociación; la protección contra toda la agresión física o moral; la participación en el funcionamiento y en la vida del centro y en los órganos que correspondan y la utilización de las instalaciones del mismo.
Deberes del alumnado:
§ El estudio constituye el deber fundamental del alumnado. Este deber se concreta en la obligación de asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo del curriculo, siguiendo las directrices del profesorado, respetar los horarios de las actividades programadas por el centro y el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras.
§ Deber de respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.
§ Respeto a la libertad de conciencia, convicciones religiosas y morales, integridad y dignidad de todos los miembros de la comunidad educativa, así como a la igualdad entre hombres y mujeres.
§ El respeto a las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente y la contribución al desarrollo del proyecto educativo del mismo y de sus actividades.
§ La participación y colaboración en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro.
§ La participación en los órganos del centro que correspondan, así como en las actividades que este determine.
§ El uso responsable y solidario de las instalaciones y del material didáctico, contribuyendo a su conservación y mantenimiento.
§ La participación en la vida del centro.


Normas generales de convivencia del centro y del aula para el alumnado

Normas de convivencia:
Asistir a clase
Puntualidad en la entrada al centro.
Subir y bajas ordenadamente al aula.
No olvidar el material (libros, libretas, lápices, y cualquier otro que el profesorado requiera.)
Realizar las tareas que se le encomienden, colaborando en la realización de actividades orientadas al desarrollo del curriculo
No levantarse durante las clases.
Levantar la mano para pedir la palabra.
Hablar y no gritar.
No interrumpir y atender las explicaciones del profesor, sin impedir o dificultar el derecho a estudiar de sus compañeros y sin perturbar el normal desarrollo de las clases
Justificar las faltas de asistencia al centro.
Respetar todo el material del centro, y de los compañeros.
Traer firmadas las pruebas escritas.
No comer en clase.
Respetar a los compañeros y profesores
La vestimenta y el aseo personal han de ser los apropiados para asistir a un centro de enseñanza, dentro de los márgenes que establece el decoro.
No se pasa a las clases en el recreo.
Tirar los papeles y envases de comida antes de salir en la papelera de la clase. No se tira nada al suelo en el recreo.
Se permiten pelotas medias de goma espuma o plástico, sin monopolizar el espacio de juego. También se permiten otros juegos como cuerdas, elástico ...
Se utilizan los servicios de abajo, con lo cual en el recreo no se sube al servicio de arriba.
Está prohibido subirse a las vallas verdes y saltar sobre ellas hacia el césped cuando lo haya.
Se prohíbe saltar las vallas del patio para coger objetos que se caigan fuera sin permiso del profesor de guardia
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
· La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
· Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
· Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas.
· Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una componente sexual, racial o xenófoba, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales.
· Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
· La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.
· El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas.
· La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, previamente establecidas.
· Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro.
· El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la Comisión de Convivencia considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas.


Correcciones según la normativa establecida en caso de incumplimiento. Órgano competente para imponer la corrección:
§ En caso de faltar injustificadamente un máximo de 10 al trimestre su evaluación no será positiva y se comunicará a los servicios sociales.

§ El centro se cerrará pasado 10 minutos de las 9,00 y se abrirá nuevamente para aquellos alumnos que no pudieron entrar por diferentes razones justificadas hasta las 10,00 Y 11,00 horas. Sólo se abrirá en caso de alumnos que hayan de salir del centro acompañados de sus padres y de forma justificada.

En función del grado de incumplimiento de la norma el profesorado o equipo directivo impondrá las siguientes correcciones:
§ Amonestación oral (todo el profesorado)
§ Suspensión del derecho a recreo con trabajo dirigido y acompañado por el profesorado.
§ Apercibimiento por escrito.(el tutor)
§ Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y al desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales y documentos del centro.(Jefe de estudios )
§ Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días. Durante ese tiempo el alumno realizará las actividades formativas que se determinen (Jefe de estudios ). En estos casos se preverá la atención que ha de recibir el alumno y serán informados los padres o tutores. Quedará constancia por escrito de esta medida.
§ Suspensión del derecho de asistencia al centro por un período máximo de tres días, en los cuales realizará actividades formativas. (el director , tras dar cuenta a la comisión de convivencia)
§ Recapacitación por escrito del daño causado (el profesorado)

Medidas disciplinarias. Órgano competente

· Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de los centros docentes públicos.
· Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un período máximo de un mes.
· Cambio de grupo.
· Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un período superior a tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.
· Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. Cuando se imponga esta medida, el director podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro antes del agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa constatación de que se ha producido un cambio positivo en la actitud del alumno o alumna.
· Cambio de centro docente. Cuando se imponga esta medida la Consejería garantizará un puesto escolar en otro centro docente.
Órgano competente : Será competencia del director o directora del centro la imposición de estas medidas disciplinarias, de lo que dará traslado a la Comisión de Convivencia.


2.- PARA LOS PADRES
Derechos y deberes de los padres y madres del alumnado
Según la LODE en su artículo 4 :
Derechos de los padres y madres del alumnado
Deberes de los padres y madres del alumnado
§ A que reciban una educación, con la máxima garantía de calidad, conforme con los fines establecidos en la Constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.
§ A escoger centro docente tanto público como distinto de los creados por los poderes públicos.
§ A que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
§ A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socio-educativa de sus hijos.
§ A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.
§ A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las leyes.
§ A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos.

§ Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos o pupilos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase.
§ Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar.
§ Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden.
§ Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos.
§ Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con los profesores y los centros.
§ Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado.
§ Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.

Normas de convivencia para los padres


§ El alumno ha de ser puntual, por lo que la entrada al centro será a las 9,00 horas, por lo que no se admitirá a ningún alumno después de las 9:10, y siempre que sea de forma justificada, momento en el que se cerrarán las puertas de acceso al centro. Dichas puertas se volverán a abrir hasta las 10,00 y 11,00 de la mañana para aquellos alumnos que antes no han podido venir por algún motivo justificado. Si un alumno reincide en su entrada tarde al centro de forma injustificada se tomarán las medidas oportunas.
§ Los padres son responsables del material que han de traer los alumnos. No se recogerá ningún objeto olvidado por estos. (Bocadillos, neceser de educación física, cuadernos…)
§ Los padres han de dejar a los alumnos en la puerta de entrada y no entrar con ellos, incluidos LOS PADRES DE EDUCACIÓN INFANTIL.
§ En horario de clase no saldrá ningún alumno del centro a no ser que sea recogido por un familiar que presente su justificación en dirección.
§ Queda prohibido entrar en cualquier dependencia del centro sin el permiso de la dirección.
§ Tanto en la entrada como en la salida, no deben ponerse los padres en las filas, ni hacer consultas al tutor, para lo cual está la hora de tutoría. Además se ruega y se prohíbe ocupar las rampas de acceso al centro, destinadas para la entrada y salida de niños y personal de este centro.
§ Queda prohibida la entrada de vehículos en el aparcamiento del centro a excepción del personal autorizado.
§ Los alumnos entrarán y saldrán por las dos puertas de acceso al centro.
§ En los días de lluvia se ruega a los padres NO entren a recoger a los alumnos, sino que esperen en los porches de entrada.
§ El horario de tutoría queda establecido los lunes de 4 a 5 de la tarde. Es conveniente avisar al tutor, pues en ocasiones éste puede estar ausente por cursillos.
§ Cualquier consulta o trámite se realizará en secretaría en horario que esta establezca.
§ En lo que respecta a los libros de texto los padres:
a) tienen la obligación de hacer que sus hijos hagan un uso adecuado y cuidadoso de los mismos y de devolverlos al centro una vez finalizado el curso escolar o en caso de traslado de centro, ya que los libros pertenecen al centro.
b) Los libros tras su entrega en los primeros días de curso serán forrados con plástico transparente para que desde el centro se le ponga la etiqueta identificativa de éstos.
c) El deterioro culpable o malintencionado así como el extravío de los libros supondrá la obligación por parte de padres o representantes legales de reponer el material deteriorado o extraviado
§ Las faltas a clase de los alumnos han de estar justificadas
§ No asistir a las reuniones de clase y de tutoría con los niños, pues molestan en ellas y en el centro.
§ Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden